SERVICIOS PROFESIONALES / LISTA DE PERITOS TERCEROS EN TASACIONES PERICIALES CONTRADICTORIAS  
 

LISTA DE PERITOS TERCEROS EN TASACIONES PERICIALES CONTRADICTORIAS, LEY 58/2003, GENERAL TRIBUTARIA 

Cada vez con mayor frecuencia se están recibiendo en el Consejo General de Colegios de Economistas de España peticiones de profesionales especializados en materias concretas, por parte de los Tribunales de ámbito estatal y de las Administraciones públicas, para la realización de valoraciones, informes, tasaciones, etc.

Estas listas de colegiados están reguladas en el art. 135 de la Ley General Tributaria, que establece que "Cada Administración tributaria competente solicitará  en el mes de enero de cada año a los distintos  colegios, asociaciones o corporaciones profesionales legalmente reconocidos el envío de una lista de colegiados o asociados dispuestos a actuar como peritos terceros. Elegidos por sorteo público uno de cada lista, las designaciones se efectuarán por orden correlativo, teniendo en cuenta la naturaleza de los bienes o derechos a valorar.

Cuando no exista colegio, asociación o corporación profesional competente por la naturaleza de los bienes o derechos a valorar o profesionales dispuestos a actuar como peritos terceros, se solicitará al Banco de España la designación de una sociedad de tasación inscrita en el correspondiente registro oficial".

Este tipo de procedimientos se entiende se referirán  fundamentalmente a  valoración de entidades, de fondos de comercio, de instrumentos financieros y de operaciones vinculadas, por lo que los economistas que integren estas listas deberán tener experiencia en estos aspectos.

- SOLICITUD DE INCLUSION LISTA DE PERITOS