NORMAS BÁSICAS DE LA RIOJA  
 

Resolución nº 1960, de 22 de diciembre de 2010, del Consejero de Administraciones Públicas y Política Local, por la que se establece el calendario de días inhábiles para el año 2011, a efectos de cómputos de plazos administrativos
B.O.L.R. 29-12-2010

En el día de la fecha el Consejero de Administraciones Públicas y Política Local dictó la siguiente, 

Resolución 

Vistos: 

El artículo 48.7 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el que se dispone que las Administraciones de las Comunidades Autónomas, con sujeción al calendario laboral oficial, fijarán, en sus respectivos ámbitos, el calendario de días inhábiles a efectos de cómputo de plazos, en el que se comprenderán los días inhábiles de las Entidades que integran la Administración Local, en su ámbito territorial. 

La Resolución de 19 de agosto de 2010, de la Secretaría General Técnica de la Consejería de Industria, Innovación y Empleo, por la que se dispone la publicación del Acuerdo de Gobierno por el que se aprueba el calendario de festivos laborales para el año 2011 en la Comunidad Autónoma de La Rioja.(B.O.R. nº 106, de 30 de agosto de 2010). 

El calendario laboral de fiestas locales para el año 2011 de la Consejería de Industria, Innovación y Empleo (B.O.R. nº 155, de 22 de diciembre de 2010). 

El artículo 8.2.1.c) del Decreto 31/2009, de 30 de junio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Administraciones Públicas y Política Local y sus funciones en desarrollo de la Ley 3/2003, de 3 de marzo, de organización del sector público de la Comunidad Autónoma de La Rioja, que atribuye al Consejero de Administraciones Públicas y Política Local la ordenación de los servicios públicos de la Comunidad Autónoma de La Rioja. 

El informe de esta Secretaría General Técnica de 22 de diciembre de 2010. 

El Consejero de Administraciones Públicas y Política Local, como órgano competente 

Resuelve

Primero.- Indicar que el ámbito de aplicación de la presente resolución será: 

La Administración General de la Comunidad Autónoma de La Rioja y sus Organismos Públicos cuando ejerzan potestades administrativas. 

Las Entidades Locales del ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de La Rioja. 

Segundo.- Establecer que el calendario de días inhábiles para el año 2011, a efectos de cómputos de plazos administrativos, será los domingos y los días que seguidamente se relacionan, de acuerdo con la Resolución de 19 de agosto de 2010, de la Secretaría General Técnica de la Consejería de Industria, Innovación y Empleo, por la que se dispone la publicación del Acuerdo de Gobierno por el que se aprueba el calendario de fiestas laborales para el año 2011 en la Comunidad Autónoma de La Rioja: 

1 de enero sábado. Año Nuevo. 

6 de enero jueves. Epifanía del Señor. 

21 de abril jueves. Jueves Santo. 

22 de abril viernes. Viernes Santo. 

25 de abril lunes. Lunes de Pascua. 

9 de junio jueves. Día de La Rioja. 

25 de julio lunes. Santiago Apóstol. 

15 de agosto lunes. Asunción de la Virgen. 

12 de octubre miércoles. Fiesta Nacional de España. 

1 de noviembre martes. Todos los Santos. 

6 de diciembre martes. Día de la Constitución Española. 

8 de diciembre jueves. Inmaculada Concepción. 

Tercero.- Establecer que serán inhábiles en cada municipio de la Comunidad Autónoma de LaRioja, los días de sus respectivas fiestas locales que figuran en la relación aprobada por la Dirección General de Trabajo, de la Consejería de Industria, Innovación y Empleo (B.O.R. nº 155 de 22 de diciembre de 2010). 

Cuarto.- Ordenar la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de La Rioja. 

Logroño, a 22 de diciembre de 2010.- El consejero, Conrado Escobar Las Heras.