NORMAS BÁSICAS DE LA RIOJA  
 

Orden de la Consejería de Hacienda y Empleo, de 5 de enero de 2004, por la que se publican las tarifas actualizadas de las Tasas de la Comunidad Autónoma de La Rioja.
B.O.R. 13-I-2.004_

La Disposición Final Tercera de la Ley 6/2002, de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad Autónoma de La Rioja autoriza a la Consejería competente en materia de Hacienda a publicar mediante Orden las tarifas resultantes de aplicar el coeficiente de actualización contenido en la Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de La Rioja._

El artículo 54 de la Ley 9/2003, de 19 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de La Rioja para el año 2004 establece que se elevan para el presente ejercicio los tipos de cuantía fija de las tasas hasta la cuantía fija que resulte de la aplicación del coeficiente 1,02 a las tarifas exigibles en el año 2003._

La Orden de codificación de las Tasas de la Comunidad Autónoma de La Rioja, publicada en el Boletín Oficial de La Rioja de 30 de diciembre de 2003, ha actualizado la denominación de las tasas de conformidad con la actual estructura de la Administración General de la Comunidad, de modo que la presente Orden sigue dicha codificación, incluyendo a la vez las modificaciones efectuadas por el artículo la Ley 10/2003, de 19 de diciembre, de Medidas Fiscales y Administrativas para el año 2004._

Artículo único. Se hacen públicas las tarifas resultantes de aplicar el coeficiente de actualización contenido en la Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de La Rioja a las tarifas previstas en la Ley 6/2002, de 18 de octubre, de Tasas y Precios Públicos, que figuran en el Anexo a la presenteOrden._

Logroño, 5 de enero de 2004._

(VerAnexoenelBOR)