BOLETÍN / 2006 - TERCER TRIMESTRE / SERVICIO DE CERTIFICACIÓN DE LOS REGISTRADORES
 

Recordamos que se pueden presentar telemáticamente documentos electrónicos en los formatos de archivo más usuales del mercado, a excepción de los libros contables y las cuentas anuales para su depósito, que deberán presentarse en el formato previsto en la Instrucción de la Dirección General de Registros y del Notariado de 26 de mayo de 1999.