Los jueces otorgan al eslogan una protección similar a la de la marca
El turrón más caro del mundo está protegido ante posibles imitadores. La legislación de marcas y patentes otorga a los eslóganes una categoría similar a la de las marcas y por tanto no pueden ser imitadas, algo que se considera competencia desleal, según una sentencia que favorece a Turrones 1880 frente a La Fama.
El eslogan utilizado por una empresa en una campaña publicitaria tiene el mismo nivel de protección ante la posible competencia desleal que una marca, esté o no registrado el lema como marca. Ésta es la conclusión de los expertos tras analizar la sentencia del Juzgado de Primera Instancia número 10 de Valencia en el que se condena a La Fama por usar el lema 'el turrón más famoso del mundo' por su similitud con el usado por 1880, 'el turrón más caro del mundo'.
La sentencia basa su fallo en dos aspectos básicos: por un lado la imitación del eslogan, en el que sólo cambia una palabra, y por otra el riesgo de confusión en los usuarios por asociación de productos. Finalmente también incluye como fundamento el hecho de que 1880 El turrón más caro del mundo está registrado como marca.
La CE lanza una web para ayudar a encontrar empleo
La Comisión Europea (CE) tiene previsto inaugurar hoy viernes un innovador sitio web e iniciar una campaña de información para ayudar a los ciudadanos de la Unión Europea (UE) a encontrar trabajo.
El nuevo portal web pondrá de relieve 'la importancia que tiene para la economía europea incrementar las inversiones en formación, educación y capacitación', según señaló ayer el Ejecutivo comunitario en un comunicado.
La comisaria europea de Empleo y Asuntos Sociales, Anna Diamantopoulu, aseguró que 'la movilidad en el trabajo es la clave para un mercado laboral flexible y una economía europea dinámica y competitiva'.
El nuevo portal de la Comisión Europea (http://europa.eu.int/eures/index.jsp) informará de las condiciones de vida y de trabajo, del mercado laboral y las vacaciones en todos los Estados miembros y sobre educación y capacitación en el conjunto de la Unión Europea, subrayando así el compromiso de la Comisión de desarrollo duradero de la formación.
Además, los ciudadanos europeos que deseen buscar trabajo tendrán la oportunidad de enviar su currículum vitae online. Aunque, por el momento, sólo pueden enviarse en inglés, francés y alemán.
Los impuestos indirectos suponen el 15% del precio final de compra de una vivienda
Los asesores fiscales piden la reducción del Impuesto de Actos Juridicos documentados, que puede llegar a abonarse hasta seis veces en la misma operación, en función del proceso de construcción y venta que siga el inmuelbe. Asimismo piden más ventajas para los alquileres de vivienda.
El pago de impuestos indirectos supone el 15% del precio final de compra de una vivienda y el 18% del coste total de un promotor en su construcción, según concluye un estudio sobre fiscalidad en la vivienda presentado hoy por el Registro de Economistas y Asesores Fiscales (REAF) del Consejo General del Colegio de Economistas.
Así, el comprador de una vivienda de 240.000 euros deberá destinar 36.000 euros al pago de tributos como el IVA y Actos Jurídicos Documentados. La mayor parte de este coste impositivo en la compra de un piso, hasta el 41,4% del total corresponde al pago del IVA, pero otra gran porción (el 25%), se destina al Impuesto de Transminisiones Patrimoniales en la modalidad de Actos Jurídicos Documentados.
Los expertos del REAF calificaron de "ilógico" el peso de este último tributo autonómico ya que, según denunciaron, es recurrente -se abona en hasta seis ocasiones en función del proceso de construcción y venta que siga el inmueble-, todas las comunidades lo han duplicado en los últimos años y además no grava ningún tipo de renta o plusvalía sino la realización de un papeleo o trámite administrativo.
Por ello, el Registro de Economistas solicitó al Gobierno que "reconsidere y limite" el concepto y cobro de este gravamen para reducir su peso en la formación del precio final de compra de una vivienda. Para el presidente del REAF, Valentí Pich Rosell, una menor carga fiscal no se traduce de forma automática en un menor precio de la vivienda, si bien los impuestos "constituyen una variable más, aunque no la más importante, en la formación del precio final".
Incentivos al alquiler
El Registro de Economistas propone la articulación de una deducción por inversión en viviendas de alquiler en el Impuesto de Sociedades, con el fin de incentivar que todo tipo de empresas y no sólo promotoras y constructoras destinen sus plusvalías a la promoción y gestión de pisos en renta. Esta medida sería complementaria a las recientemente aprobadas para empresas del sector, que en su opinión, no están teniendo "gran efecto" dadas las "restricciones y condicionantes que presentan" como la obligatoriedad de construir al menos diez viviendas y que éste cuenten con una superficie determinada. Además, el REAF apuesta por recuperar las deducciones en el IRPF al inquilino, al considerar que el Estado podrá recuperar esa menor recaudación con el mayor número de contratos de alquiler que se declararán.
Los expertos contables reclaman un órgano europeo de supervisión
Regulación a nivel nacional, supervisión y coordinación a nivel europeo. La Federación Europea de Expertos Contables considera que ese es el esquema ideal para el control de la actividad de los auditores, pues respeta las peculiaridades de la profesión en cada país, al tiempo que garantiza una aplicación coherente de las normas.
La Federación Europea de Expertos Contables opina que no es conveniente que la Unión Europea se dote de un órgano de control público como el que EE UU ha instaurado tras el escándalo Enron. Pero la federación (FEE, en sus siglas en francés) defiende al mismo tiempo, en un documento publicado ayer como contribución a las consultas iniciadas por la Comisión Europea, la necesidad de crear un organismo europeo para supervisar los mecanismos de control existentes en cada país de la UE.
Ese órgano de coordinación central, según la propuesta de la federación, respondería a las siglas en inglés Ecaob (European Coordination Accounting Oversight Board), simbólicamente semejantes al PCAOB, el poderoso supervisor estadounidense creado el año pasado.
Ambos organismos podrían mantener, según los expertos contables europeos, un diálogo fluido que evitase conflictos como la intención del PCAOB de imponer un registro de control a las auditoras europeas que actúen en EE UU, aun cuando ya se encuentren sometidas a control en su país de origen.
El órgano europeo debería gozar del reconocimiento legal de todos los Estados de la Unión Europea y contar entre sus miembros con la presencia de auditores y especialistas de otras profesiones.
El Congreso alerta que la inmigración no será “la solución” de las pensiones
La Comisión parlamentaria del Pacto de Toledo afirma que la viabilidad del sistema público de pensiones pasa por aumentar la natalidad. Propone que se “estudie” un aumento de las bases de cotización para mejorar la pensión.
Las normas contables se actualizan
EXPANSIÓN y PricewaterhouseCoopers repasan, en la tercera entrega de la serie sobre normas internacionales de contabilidad, los acuerdos alcanzados durante el verano en el seno del IASB –organismo mundial responsable de la elaboración de estos estándares–, que pretenden resolver ciertos temas clave antes de fin de año para así conceder a las compañías europeas tiempo suficiente para su adaptación.
La mitad de devolución de IRPF se incluirá en herencia si fallece un cónyuge
La mitad de la devolución del IRPF en declaración conjunta se debe incluir en la herencia cuando fallece uno de los cónyuges en régimen de gananciales, según se afirma en una consulta de la Dirección General de Tributos publicada por Datadiar.
Según Tributos, el importe de la devolución del IRPF correspondiente a cualquiera de los cónyuges de un matrimonio en régimen de sociedad de gananciales constituye un derecho de crédito que tiene carácter ganancial, ya que o bien tiene su origen en el trabajo o la industria de cualquiera de los cónyuges, o bien deriva de frutos, rentas o intereses producidos por bienes privativos o gananciales.
En cualquiera de los dos casos, se trataría de bienes gananciales de acuerdo con el Código Civil, con independencia de que los cónyuges hayan presentado declaración conjunta o declaraciones individuales por el Impuesto.
Por ello, considera que la existencia de un derecho de crédito no incluido en el inventario de la sociedad de gananciales supone la necesidad de practicar una liquidación complementaria de dicha sociedad de gananciales, de forma que su cuantía se reparta por mitad entre el cónyuge sobreviviente y el fallecido.
La mitad correspondiente al cónyuge fallecido debe adicionarse al "caudal relicto", pero no la otra mitad, que corresponde al cónyuge viudo por la liquidación de la sociedad de gananciales y no por herencia.
Así, el importe a devolver constituye una parte de las rentas obtenidas por los sujetos pasivos en el periodo impositivo que fueron ingresadas en la Hacienda Pública y que ahora procede devolver al haber ingresado un importe superior a la cuota líquida del impuesto.
La CE amplía el número de empresas que podrán evitar la doble imposición
La Comisión Europea propuso ayer mejorar el tratamiento fiscal de las empresas con presencia en varios países europeos. Un proyecto de directiva aprobado ayer mejora la cobertura legal para evitar la doble imposición que todavía penaliza a ciertas filiales y matrices y amplía la gama de compañías cuyos beneficios en el extranjero quedarán exentos de retención fiscal.
A partir de octubre de 2004 las siglas SE (sociedad europea) podrán rematar el nombre de las compañías que operen en más de un Estado de la Unión Europea. El nuevo estatus nace tras más de 30 años de debates sobre su definición legal y las consecuencias que supone para la participación de los trabajadores en la gestión de la empresa. A pesar de la larga tramitación, la SE adolece, según han denunciado las confederaciones empresariales, de un régimen fiscal propio que haga atractiva la adopción de este nuevo estatus. El nuevo proyecto de directiva sobre matrices y filiales, aprobado ayer por la Comisión Europea, otorga, al menos, a las futuras sociedades europeas la posibilidad de evitar desde su creación la doble imposición fiscal.
La Oficina Española de Patentes y Marcas pone en marcha un programa de "Concesión Acelerada de Patentes"
La Oficina Española de Patentes y Marcas (OEPM) ha puesto en marcha un programa de "Concesión Acelerada de Patentes" que permitirá al solicitante que así lo pida la obtención de la concesión en menos de un año.
Los posibles pleitos por infracción, los problemas derivados de las invenciones laborales, las ofertas de transferencia de tecnología o la negociación de licencias, entre otros, serán los procedimientos que se acojan a este nuevo programa, que pretende dar respuesta a la demanda de determinadas solicitudes que exijan la concesión de forma rápida.
Según la Oficina de Patentes, la tramitación se realizará con la "máxima celeridad" siempre que el solicitante cumpla los requerimientos necesarios y actúe con "la máxima diligencia", ya que en el caso en el que la solicitud no cumpla los requisitos formales, quedará excluida del programa.
El solicitante que quiera obtener la patente de forma acelerada deberá también aceptar su publicación anticipada antes de los 18 meses que establece el procedimiento ordinario.
En los sistemas habituales de concesión de patentes, tanto de ámbito nacional como internacional, los plazos asociados están dilatados voluntariamente para permitir al solicitante "comprar tiempo" y poder ir pulsando la calidad, viabilidad, interés por parte de la sociedad y posibilidades de comercialización del invento evitando gastos y trámites innecesarios.
Entre estos plazos, resalta por su especial importancia un periodo inicial de un mínimo de 18 meses durante el cual la solicitud de patente es secreta permitiendo así al solicitante continuar los trabajos para la explotación de la patente y, en su caso, retirar la solicitud sin incurrir en gastos adicionales.
Los auditores colaborarán para formar a los jueces
El Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) ha firmado un convenido de colaboración con el Instituto de Auditores-Censores Jurados de Cuentas de España para intensificar sus relaciones institucionales y fomentar iniciativas comunes para la formación económica de jueces y magistrados.
Con el convenio se pretende 'intensificar las relaciones institucionales entre ambos órganos, así como establecer iniciativas y actividades comunes en la organización de cursos y seminarios en el ámbito investigador y en el formativo dirigido a miembros de la carrera judicial', según el CGPJ.
Este convenio se enmarca dentro de la política de formación de jueces y magistrados emprendida por el CGPJ, que le ha llevado ya a suscribir otros convenios de colaboración con distintas instituciones.
La UE lucha por proteger los datos de los pasajeros que vuelan a EE UU
La Comisión Europea mantiene las negociaciones con el Gobierno de Estados Unidos para evitar que éste haga un uso ilegal de los datos personales de los pasajeros de vuelos transatlánticos.
Según Bruselas, Washington no ha dado todavía suficientes garantías sobre el tratamiento que recibirán estas informaciones destinadas, en principio, al servicio de aduanas estadounidense por motivos de seguridad.
La orden del Departamento de Justicia, Inmigración y Naturalización estadounidense del pasado enero obliga a las compañías de países terceros a proporcionarle a más tardar 15 minutos antes del despegue el nombre completo, la fecha de nacimiento, la nacionalidad, el sexo, el país de residencia o el número de visado de sus pasajeros.
La idea surgió tras los atentados sufridos por Washington y Nueva York el 11-S, y para reforzar el control de la inmigración ilegal. Sin embargo, Estados Unidos pretende ahora utilizar los datos para la prevención de otro tipo de delitos, y no sólo para luchar contra el terrorismo y delitos graves, a lo que la UE se opone.
El portavoz del Ejecutivo comunitario, Reijo Kempinen, además señaló ayer que existen problemas sobre el tiempo que pueden conservarse esos datos. La Unión desearía que se destruyeran al cabo de algunas semanas o meses, pero Washington desea mantenerlos hasta siete años.
Por ahora, Estados Unidos ha empezado ya a solicitar a algunas de las compañías con vuelos transatlánticos este tipo de datos, lo que les sitúa en una difícil situación, puesto que si cumplen los deseos norteamericanos a la vez incumplen la legislación europea sobre protección de datos personales.
Esta misma semana viajará Bruselas una delegación del Departamento de Seguridad norteamericano para intentar desbloquear la negociación, y la Comisión Europea debatirá con el Parlamento Europeo para conocer el margen de maniobra del que dispone.
La Comisión Europea apuesta por reforzar el sistema de sanciones disciplinarias a los auditores
La Comisión Europea está convencida de que uno de los instrumentos más importantes para corregir y prevenir la mala calidad de las auditorías es disponer de un sistema adecuado de sanciones disciplinarias. Éste es uno de los puntos de un decálogo de reformas relacionadas con la auditoría en las que trabaja la CE. El objetivo no es otro que el de reforzar la confianza de los inversores en las más de 7.000 empresas que cotizan en Bolsa en la UE.
La CE considera que los sistemas sancionadores tienen una gran importancia a la hora de corregir o prevenir la mala calidad de las auditorías. 'Y, al mismo tiempo, suponen un buen método para demostrar y reforzar la credibilidad pública de la profesión auditora'. A pesar de que lograr la armonización de sanciones entre los Quince es difícil debido a las diferencias en sus sistemas legales y judiciales, la Comisión Europea pretende avanzar todo lo posible hacia la convergencia en este terreno, en especial en los aspectos relativos a la transparencia. Además del régimen sancionador, que ya se recoge en la octava directiva (sobre derecho de sociedades), la CE exigirá a todos los Estados miembros que dispongan de un sistema de sanciones eficaz. Además, el plan contempla que los Estados tendrán la obligación de cooperar en casos transfronterizos.
Otro de los aspectos que la Comisión Europea considera imprescindibles para devolver la credibilidad en las auditorías es la de que los trabajos de los auditores se sometan a supervisión pública. La CE reconoce que la erosión de la confianza de los inversores tiene que ver en parte con la percepción de que, con una profesión autorregulada, los conflictos de interés son más factibles. Por eso aboga por una mayor supervisión por parte de las autoridades. En la actualidad existen importantes diferencias en cuanto a los niveles de control público, dependiendo de los Estados miembros. La CE tiene como objetivo establecer unos principios mínimos que deberán cumplirse obligatoriamente.
El DNI electrónico empezará a expedirse el próximo año
El DNI electrónico, que incorporará un chip y permitirá la identificación a través de Internet, comenzará a distribuirse como experiencia piloto en Ávila a finales del primer semestre de 2004. Está previsto que el 31 de diciembre de 2004 todos los DNI que expida la Policía sean de este tipo y que, para esa fecha, ya se habrán elaborado 6,5 millones de nuevos documentos de identidad, proporción que se mantendrá en los años siguientes. El nuevo DNI será similar al carné actual, pues constará de una parte pública en la que estarán reflejados los datos personales básicos, aunque existe la posibilidad de eliminar la dirección familiar. La parte privada del chip incluirá un certificado que garantiza la identidad del ciudadano.
Seguridad en Internet. El chip dispondrá de un algoritmo de la huella digital al que sólo se podrá acceder con un programa específico y que servirá para ayudar a que las personas que olviden su clave puedan identificarse.
Las empresas que sufran retrasos en el Registro tendrán una rebaja del 30%
Empresas y particulares que acudan al Registro Mercantil o de la Propiedad y que no obtengan una calificación en 15 días tendrán una rebaja del 30% del importe a pagar. Además, podrán pedir la intervención de un registrador sustituto, al que también se podrá acudir si el primer registrador hace una calificación negativa.
Los autónomos recibirán la prestación por enfermedad desde el cuarto día de baja
Los autónomos percibirán la prestación por incapacidad temporal desde el cuarto día de baja y la prestación por accidente de trabajo y enfermedad profesional desde el primer día, a partir del 1 de enero de 2004 cuando entre en vigor el decreto que recoge estos aspectos y que se aprobará en octubre.
Este colectivo percibirá por primera vez prestaciones derivadas de accidentes de trabajo y enfermedad profesional, «exactamente» en los mismos términos y condiciones que los trabajadores por cuenta ajena, a partir del día siguiente al día de la baja y en una cuantía del 75% de la base reguladora. Así, los trabajadores autónomos tendrán en este aspecto la misma consideración que los del Régimen General.
Los abogados ponen en marcha la firma digital
Los abogados, un colectivo que agrupa a más de 100.000 profesionales en toda España, acaban de poner en marcha su sistema de firma electrónica. Este avance les permitirá presentar escritos en los juzgados por Internet, así como acceder en Red a subastas, al registro de penados o a la agenda judicial.
Detrás de la firma digital se encuentra la Autoridad de Certificación de la Abogacía (ACA), que es la encargada de acreditar la condición de abogado de una persona en Internet.
La firma electrónica tiene el mismo valor que la firma manuscrita.
Bruselas rechaza la videovigilancia en las empresas
Cada vez hay más, pero su uso sigue siendo fuente de dudas y conflictos legales. La instalación de cámaras de vigilancia en las empresas es una práctica que no cuenta con una regulación clara en casi ningún país europeo. Por ello, Bruselas ha publicado un documento de trabajo en el que rechaza su utilización como medio para controlar la calidad y cantidad del trabajo de los empleados.
Hay que reconocer que para las compañías es un sistema ideal. Permite controlar de forma inadvertida la actividad de los trabajadores, averiguar si realizan alguna conducta desleal o fraudulenta y obrar en consecuencia. La instalación de cámaras de videovigilancia en las compañías es una práctica cada vez más habitual, pero no por ello está exenta de problemas. En España, los tribunales han ido dibujando a golpe de sentencia un régimen legal que, para algunos, todavía sigue siendo confuso. De la diversidad de legislaciones europeas, sólo la francesa cuenta con una regulación específica de esta materia.
Consciente de esta situación, la Comisión Europea ha encargado a un grupo de expertos en protección de datos un documento de trabajo para tratar de arrojar alguna luz sobre el tema. El texto, que está siendo sometido a consulta, es contundente. El uso de cámaras cuyo objetivo sea controlar 'la cantidad y la calidad de las actividades laborales' no es, por regla general, una práctica aceptable.
Para los expertos de la Comisión, la única forma de videovigilancia justificada es aquella necesaria 'para cumplir requisitos de producción y seguridad laboral', eso sí, siempre que se lleve a cabo con las garantías necesarias.
Entre esas garantías figura obligatoriamente el deber de advertir a la plantilla (no es suficiente con un cartel con un símbolo) y de explicar en qué casos las grabaciones serán examinadas por la dirección de la empresa y en qué circunstancias las imágenes podrán ser entregadas a las autoridades judiciales. En ningún caso, y en esto los expertos de Bruselas coinciden con la jurisprudencia de los tribunales españoles, podrán instalarse cámaras en servicios, duchas, vestuarios o zonas de descanso.
Los asesores fiscales, a favor de la supresión parcial del pago por herencias
El Registro de Economistas Asesores Fiscales (REAF) ha elaborado un comunicado en el que aboga para que las comunidades autónomas reformen el impuesto sobre sucesiones y donaciones, de tal forma que, excepto en los grandes patrimonios, se exima de su tributación a los familiares más cercanos, como descendientes, ascendientes, adoptados y cónyuges.
Para ello, el colectivo plantea aumentar las reducciones según el parentesco, creando mínimos exentos, mientras que para otros herederos más lejanos se podría aumentar también el importe exento y, para todos en general, rebajar 'drásticamente' la tarifa manteniendo los mecanismos que permitan la continuidad de las empresas familiares.
El REAF indica que la Administración debe establecer mecanismos para que las diferencias en la aplicación de los tributos cedidos en cada una de las comunidades no produzca 'disfunciones o privilegios' económicos y sociales, ni supongan la existencia de 'barreras fiscales' en determinados territorios.
En este momento, el REAF explica que las propuestas para eliminar o reducir el impuesto tienen dos posibilidades. O bien que el Parlamento apruebe una reforma del impuesto y del sistema de financiación de las comunidades o que los Gobiernos autonómicos, utilizando la capacidad normativa de que disponen y modifiquen los elementos del tributo para que se produzca una rebaja impositiva por medio de las reducciones, de la tarifa o de las deducciones.
En este segundo caso, explica el organismo, también se podría pensar en establecer mecanismos por parte de la Administración para que las diferencias en la aplicación de los tributos cedidos no produzcan disfunciones o 'privilegios económicos o sociales ni supongan la existencia de barreras fiscales en el territorio', según señala la Ley Orgánica de Financiación de las Comunidades Autónomas. La medida debería mantener siempre la capacidad normativa autonómica y la corresponsabilidad fiscal.
El plan de prevención de riesgos será obligatorio para todas las empresas
En la gestión de todo tipo de empresas deberá incorporarse un plan de prevención de riesgos y, cuando se realice una actividad peligrosa, deberá estar presente un responsable en seguridad laboral. Estas son algunas de las novedades de la reforma de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, un texto que inicia ahora su andadura parlamentaria por la vía de urgencia.
Da igual el tamaño y el sector de las empresas. Todas deberán incorporar a su gestión diaria un plan de prevención laboral.
Hasta ahora, la prevención de riesgos laborales se apoyaba en la mera evaluación de riesgos. Ahora, la elaboración del plan exigirá una planificación previa de las actuaciones preventivas, deberá completarse con un control periódico y, por supuesto, con el mantenimiento de la evaluación.
Cuando la reforma entre en vigor, la empresa que no haya incorporado el plan a su gestión empresarial estará cometiendo una infracción. Este plan podrá elaborarse en el seno de la empresa o bien a través de expertos externos. En líneas generales, el plan incluirá la organización, las responsabilidades, las funciones, las prácticas, los procedimientos y los recursos necesarios para la acción de prevención.
El otro gran cambio que recoge la reforma afecta a las empresas que desarrollen actividades peligrosas. Estos negocios no sólo tendrán que contar con una persona responsable en seguridad y riesgos laborales, sino que esta persona deberá estar presente en el lugar de trabajo cuando se realicen las actividades de mayor riesgo.
Para las empresas que contraten trabajadores que provengan de una ETT también hay cambios. Estas empresas deberán constatar que la persona que va a trabajar para ellos ha recibido información sobre riesgos y medidas de prevención. La verificación debe realizarse de forma documental, por lo que será la ETT la que acredite esta circunstancia.
También se exigirá a la empresa usuaria que compruebe que el nuevo empleado goza de una salud compatible con su trabajo.
El Gobierno prepara una revisión de la amortización de las inversiones
El Gobierno prepara para 2004 una revisión general de los coeficientes de amortización que aplican las empresas a sus activos. Tomando como referencia los incentivos ya aprobados en abril, la revisión servirá para reactivar la economía y adaptar la vida útil de los activos a los adelantos tecnológicos.
La renovación de los activos es una cuestión clave para las empresas. Una pieza central dentro de su política de inversión y un fiel indicador de su viabilidad para ejercicios futuros.
Las quejas de consumo se tramitarán por Internet a finales de año
Para presentar una reclamación, el consumidor tendrá que disponer de un certificado digital expedido por la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre. Asimismo, la compañía contra la que se dirija la queja tendrá que estar adherida al Sistema Arbitral de Consumo. A través de la Red, el ciudadano enviará sus datos, la descripción de la controversia y su pretensión. Una vez recibida la solicitud, la junta arbitral intentará una mediación a través de la Red.
El nuevo sistema de reclamaciones por Internet será especialmente útil para los consumidores que no residan en España, pero que hayan adquirido en este país bienes o servicios.
Todos los ciudadanos europeos podrán reclamar por la Red puesto que las juntas arbitrales de consumo están integradas en la Red Europea Extrajudicial de Solución de Conflictos, denominada Red Eje.
Las asociaciones sin ánimo de lucro no estarán obligadas a presentar la declaración del I.S. a partir de hoy
Las asociaciones sin ánimo de lucro no estarán obligadas a presentar la declaración del I.S. La exención es una consecuencia de la modificación del I.S., que se establece para los períodos impositivos iniciados a partir del 1 de enero de 2002.
Las entidades quedarán exentas de declaración cuando sus ingresos anuales no superen los 100.000 euros, cuando sus ingresos correspondientes a rentas no exentas sometidas a retención no sean superiores a los 2.000 euros anuales y cuando todas las rentas exentas que obtengan estén sometidas a retención.
De esta forma, las entidades sin ánimo de lucro que tengan como plazo para realizar la declaración correspondiente al ejercicio 2002 hasta el próximo 25 de julio, no tendrán que efectuarla siempre que cumplan los anteriores requisitos.
Con esta modificación, se garantiza un equilibrio entre la mejora del tratamiento fiscal de las pequeñas asociaciones y el necesario control sobre las rentas obtenidas por este tipo de entidades.
La medida no afecta a las entidades sin fines lucrativos que hayan optado por el régimen especial de la ley de Mecenazgo, ya que uno de los requisitos de esta norma es presentar la declaración del I.S.
 Los asesores fiscales recomiendan recurrir el Impuesto de Sucesiones y de Patrimonio El presidente de la Asociación Española de Asesores Fiscales (Aedaf), Antonio Durán-Sindreu, recomendó ayer a los contribuyentes que impugnen la autoliquidación de los Impuestos de Sucesiones y de Patrimonio presentadas en los últimos cuatro años, por considerar que podrían existir indicios de inconstitucionalidad al entender que dichas cargas fiscales van en contra de la propia Constitución.
Asimismo, Durán-Sindreu precisó que los contribuyentes que no impugnen dichas autoliquidaciones no podrán reclamar la devolución de su importe de producirse una sentencias favorable a los contribuyentes que, aunque en escaso número, ya han empezado a presentar recursos.
Dos millones de microempresas podrán reducir sus cuentas a una hoja de cálculo
Los empresarios con menos de 10 trabajadores, cuya cifra de negocio esté por debajo de los dos millones de euros o el valor de su activo sea inferior a un millón de euros, podrán utilizar la contabilidad simplificada que prepara el Ministerio de Economía. El objetivo es aprobar un modelo de cuentas sencillo para los negocios más pequeños, ya sean sociedades o empresarios individuales. La medida afectará a casi dos millones de negocios.
La ley que creó la llamada sociedad limitada nueva empresa (SLNE) y que entró en vigor a comienzos de junio, prevé la creación de una contabilidad simplificada para aliviar el trabajo a los negocios de escasa infraestructura. El texto sobre el que ahora trabaja el Ministerio de Economía amplía la posibilidad de acogerse a estas cuentas reducidas a todos los negocios, sean o no SLNE. Como requisito, hay que cumplir dos de los tres límites previstos.
La cifra anual de negocios debe ser inferior a los dos millones de euros, una cifra alejada de los seis millones de euros en que ahora se fija el umbral para ser una pyme en el I.S. El segundo requisito hace referencia al activo de la compañía, que deberá ser inferior a un millón de euros. En cuanto al número de trabajadores, no podrá sobrepasar las 10 personas.
El proyecto de simplificación contable iniciará ahora su fase de información pública y se espera que en los próximos meses se concluyan los trabajos. El modelo que está estudiando Economía prevé que los empresarios tan sólo utilicen una hoja con varias columnas, semejante a una hoja de cálculo. Este diseño permitirá obtener, con la periodicidad que se desee, el libro mayor, el balance y la cuenta de resultados. Al margen del nuevo diseño de cuentas, Economía también estudia modificar la forma de contabilizar determinadas operaciones. Así, por ejemplo, el leasing (arrendamiento financiero) dejará de reflejarse como si se tratara de una compra con pago aplazado para contabilizarse como un gasto.
Aun cumpliendo con todos los requisitos, las actividades que están sometidas a supervisión y control, como las entidades de crédito, no podrán acogerse a esta contabilidad.
Las empresas empiezan a valorar los recursos humanos
Las compañías españolas están empezando a considerar los recursos humanos como un elemento a tener en cuenta dentro de su estrategia. Ésta es la principal conclusión de un informe elaborado por IBM Business Consulting Services entre 42 compañías españolas.
Uno de los aspectos más destacados del estudio es el incremento de la inversión en formación, “que representa ya el veinte por ciento del gasto de recursos humanos”. A pesar de este aumento, España sigue por detrás de la media internacional.
Los 2,25 días de media que los grupos españoles destinan a formación están todavía lejos de los 3,5 días que suman la mayoría de los países. Una de las razones de este retraso es que los recursos humanos siguen teniendo demasiadas cargas administrativas y, sobre todo, de gestión de nóminas.
España tiene el número de dominios en Internet más bajo de la Unión Europea
Las empresas españolas siguen siendo reacias al registro de dominios en Internet, como pone de manifiesto el hecho de que España sea uno de los países europeos con un menor número de dominios .es.
Los internautas se quejan de la gran burocracia existente y el alto precio que cuesta conseguir un nombre en la Red.
5Días
El secreto profesional de los auditores no es válido ante Hacienda
Una sentencia del Tribunal Supremo, del pasado 4 de junio, aclara que los auditores no pueden ampararse en el secreto profesional para negarse a dar información de sus clientes a Hacienda. El Supremo aclara así cómo se conjuga el deber de respetar el secreto profesional con el deber de colaborar con Hacienda.
El tribunal acude a la Ley de Auditoría para reconocer el derecho de los órganos de inspección de Hacienda a acceder a la documentación de cada auditoría, sin que los profesionales encargados de la misma puedan alegar el secreto profesional. En concreto, el Supremo señala que según la norma podrán acceder a la información 'el Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas' y 'quienes estén autorizados por la ley'. Según la sentencia, recogida por el portal de servicios jurídicos Datadiar.com, 'este último supuesto habilita, sin discusión, a la Inspección de Hacienda'.
Al tiempo, el tribunal analiza el alcance del deber de colaboración con la Administración Tributaria. En este sentido, la sentencia afirma que 'tiene como límite infranqueable el que los datos requeridos han de tener transcendencia tributaria'. Por tanto, aclara, 'el deber es inexigible si se solicitan datos que afecten a la intimidad de las personas'. Por 'transcendencia tributaria' hay que entender, según el tribunal, información que 'sirva o tenga eficacia en la aplicación de los tributos'.
Entra en vigor el IVA del comercio electrónico
Entran en vigor las nuevas reglas de localización de las operaciones realizadas por Internet y el nuevo régimen especial y optativo para el comercio electrónico.
Uno de los cambios principales va a ser la obligación que tendrán los prestadores de servicios de comercio electrónico situados fuera del territorio de aplicación del IVA, por ejemplo EE UU, Australia o Canadá, de cobrar el IVA a sus clientes que sean particulares y que sí estén en el territorio de aplicación del IVA, por ejemplo España.
Para estos empresarios y profesionales no establecidos en la UE, pero que vayan a prestar servicios en este ámbito, el Ministerio de Hacienda aprobó el pasado 24 de junio (B.O.E. del sábado 28), la orden ministerial que regula la forma en que podrán acogerse al régimen especial.
En general, quienes quieran elegir España como Estado de identificación de cara a los servicios que presten en toda la UE deben presentar ante la Agencia Tributaria su declaración de alta, tras lo cual obtendrán un código de usuario para acreditarse como operador extracomunitario. Todo el procedimiento puede desarrollarse por Internet sin que sea necesario el manejo de información física.
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