BOLETÍN / 2003 - SEGUNDO TRIMESTRE / NOTICIAS LABORALES
 

Las partes negociadoras deben establecer la duración de los convenios colectivos que se prorrogarán de año en año si no media denuncia expresa de las partes<

Corresponde a las partes negociadoras establecer la duración de los convenios colectivos que se prorrogarán de año en año si no media denuncia expresa de las partes, según establece una sentencia del Tribunal Supremo, de 29 de abril de 2003.

El ponente, Sr. Ríos Salmerón, señala que si media una denuncia del convenio, perderán vigencia sus cláusulas obligacionales, manteniéndose en vigor el contenido normativo del convenio en defecto de pacto.

La vigencia prorrogada de las cláusulas normativas, es un mecanismo que tiende a evitar el vacío en los periodos que median entre la denuncia y la firma de un nuevo convenio, periodo que en este caso se está prolongando considerablemente.