BOLETÍN / 2003 - TERCER TRIMESTRE / ÁREA INTERNA
    Declaración Censal
    Sucesiones
   

Hacienda puede enbargar bienes en el extranjero para cobrar deudas fiscale scontraidas en España

    Validez de los títulos universitarios y profesionales en Europa
    La garantía sobre cualquier compra
    Las normas contables internacionales
    Declaración de sociedades 2002: entidades parcialmente exentas
    Direcciones de Internet
 

Declaración Censal

De acuerdo con la Orden HAC/2567/2003, de 10 de septiembre (BOE 17/09/03), por la que se aprueba el modelo 036 de declaración censal de alta, modificación y baja en el censo de obligados tributarios y se establecen el ámbito y las condiciones generales para su presentación, desde enero de este año, los empresarios que son personas físicas y las sociedades que facturan menos de un millón de euros no pagan el Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE).

La nueva declaración censal sirve para comunicar el alta o la baja en una actividad económica y las modificaciones que se produzcan durante su ejercicio.

Deben presentarla los profesionales y los empresarios que sean personas físicas, también quienes tengan que pagar rentas sometidas a retención, los particulares que realicen adquisiciones de bienes entre países de la UE, los no residentes, pero con un establecimiento permanente en España y los socios, herederos o miembros de comunidades de bienes con actividades empresariales o profesionales.

En el caso de que la empresa que vaya a darse de alta sea una sociedad limitada de nueva empresa no tendrá que presentar esta declaración.

El nuevo modelo 036, exige a los contribuyentes que aporten información detallada del local en el que ejercerán tanto su actividad principal como de las accesorias e, incluso, de los almacenes, depósitos y otros centros de dirección relacionados,  localización exacta, referencia catastral y superficie, el régimen de IVA en el que el empresario está incluido, sistema de deducciones al que se quiere acoger y el epígrafe de IAE en el que estaría incluido en el caso de tener que tributar por este impuesto. También hay que declarar si se pagan salarios, alquileres o intereses, el régimen de estimación de rentas que se va a elegir en el IRPF.

A partir de la declaración censal y, en su caso, del IAE para las empresas que no estén exentas de su pago, cada contribuyente figurará en uno o varios de censos regulados en el Real Decreto 1041/2003 publicado el 5-Sep-2003 ( BOE nº 213).

Antes de iniciar cualquier actividad con impacto fiscal, las sociedades deben contar con un número de identificación fiscal (NIF). Para que la empresa pueda relacionarse lo antes posible. Hacienda entrega un NIF provisional que se dará en un plazo máximo de 10 días, que luego se transforma en definitivo.
 

Sucesiones

A partir del próximo 1 de enero,  en La Rioja se eliminará prácticamente este tributo en las adquisiciones mortis causa en todos los casos que se produzcan por parte de hijos (o nietos si son herederos directos) y por cónyuges entre sí, sin aplicar restricciones de edad ni de tramos del impuesto.

La Ley de Acompañamiento a los Presupuestos Regionales de 2004 plantea, en concreto, una deducción del 99% en la cuota del impuesto. La cuota residual del 1% se mantendrá a efectos de control administrativo.

 

Hacienda puede embargar bienes en el extranjero para cobrar deudas fiscales contraidas en España

De acuerdo con la orden Ministerial publicada el pasado mes de agosto la Agencia Tributaria podrá realizar de forma sistemática y por medios telemáticos notificaciones y embargos de bienes situados en otros países de la Unión Europea para cobrar deudas tributarias contraídas en España.

La nueva normativa permite solicitar a la Administración tributaria de otro Estado de la Unión Europea información sobre el contribuyente que tiene una deuda pendiente, sobre cualquier otra persona o entidad obligada al pago de la deuda o sobre un tercero que esté en posesión de bienes pertenecientes al deudor o a la persona o entidad también obligada al pago (por responsabilidad solidaria o subsidiaria). De la misma manera, la Agencia Tributaria atenderá sus peticiones de asistencia recaudatoria.

Además, se puede solicitar al otro Estado que proceda a la notificación y al cobro de las deudas o adopción de medidas cautelares.

Este nuevo procedimiento se puede aplicar a deudas que procedan entre otros, del impago del I.V.A., Impuestos Especiales, Impuesto sobre la Renta e Impuesto sobre el Patrimonio.

 

Validez de los títulos universitarios y profesionales en Europa

Según el Real Decreto 1272/2003, de 10 de octubre,  por el que se regulan las condiciones para la declaración de equivalencia de títulos españoles deenseñanza superior universitaria o no universitaria a los títulos universitarios de carácter oficial y validez en todo el territorio nacional. (BOE nº 255, 24-Oct-2003), se incorpora al ordenamiento jurídico español una directiva europea que servirá para favorecer y facilitar el proceso de reconocimiento profesional de los títulos de los países miembros de la UE.

La normativa comunitaria de reconocimiento profesional de títulos tiene como base la regulación de la libertad de establecimiento y la libre prestación de servicios en todo el territorio de la Unión, con el objetivo de favorecer la movilidad de los trabajadores europeos.

Con este fin se han ido aprobando un conjunto de disposiciones que configuran un sistema de reconocimiento profesional entre los Estados miembros de la Unión.

En este contexto, el real decreto aprobado incorpora a nuestro ordenamiento jurídico la última de estas directivas comunitarias (2001/19/CE), que constituye un paso más dentro de este conjunto de normas que inciden en la movilidad de los profesionales mediante el reconocimiento de títulos y otras cualificaciones profesionales.

Entre las medidas incluidas en nuestro ordenamiento jurídico a través de la transposición de esta nueva directiva, destaca la introducción del concepto de 'formación regulada', para el reconocimiento de títulos y diplomas profesionales de menos de tres años de formación post-secundaria.

Respecto a las directivas sectoriales, es decir, las que afectan a las profesiones concretas de enfermeros de cuidados generales, odontólogos, veterinarios, matronas, arquitectos, farmacéuticos y médicos, se incluyen listas actualizadas de títulos y diplomas.

Se establece la validez de otros títulos y diplomas sobre la base de certificaciones de las autoridades competentes y, como principal novedad, se introduce la obligación de tomar en consideración los títulos y diplomas obtenidos en terceros países, pero reconocidos por algún Estado miembro.
 

La garantía sobre cualquier compra

De acuerdo con la nueva Ley  23/2003, de 10 de julio, de Garantías en la Venta de Bienes de Consumo (BOE 11-07-03), el nuevo plazo de garantía del que disponen los consumidores españoles en la compra de sus bienes de consumo es de dos años.

La norma excluye explícitamente de su ámbito de aplicación los servicios o la compra de bienes inmuebles.

Fabricantes y vendedores pueden ampliar cuantas ventajas deseen para atraer a sus clientes. Eso sí, las garantías adicionales deberán formalizarse por escrito, en un soporte duradero y, al menos, en castellano.

La garantía siempre por escrito, especificará el bien sobre el que recae, el nombre y dirección del garante, los derechos del consumidor, el plazo de duración de la garantía y su alcance territorial y las vías de reclamación de las que dispone el comprador.

La ley establece que será el vendedor el que responda directamente de las faltas de conformidad que se manifiesten en un plazo de dos años desde la entrega del bien. Cuando al consumidor le resulte imposible, o le suponga una carga excesiva dirigirse al vendedor, podrá reclamar directamente al fabricante o al importador.

Los consumidores pueden elegir entre la reparación del bien o su sustitución en caso de defectos. Si se opta por la reparación, ésta será totalmente gratuita, incluidos los gastos de envío, la mano de obra o los materiales empleados para su arreglo. Además, en el caso de que la reparación o la sustitución no sean posibles, o sean desproporcionadas, el consumidor podrá optar por una rebaja adecuada en el precio o por la resolución del contrato. La posibilidad de exigir la sustitución no se aplicará en el caso de compras de productos de segunda mano o bienes en los que sea imposible su sustitución por otros similares.

 

Las normas contables internacionales

Los grupos de empresas cotizadas deberán aplicar las nuevas normas contables en enero de 2005, el resto de las sociedades deberán hacerlo en 2007.

De acuerdo con el Plan General Contable, que es el que se está aplicando ahora en España, las operaciones se registran por el precio de adquisición (criterio fijo). Con las normas internacionales se aplicará el llamado valor razonable (valor de mercado).

Este valor razonable también se aplicará a la contabilización del fondo de comercio. La norma internacional que regula este aspecto prohíbe su amortización, pero exige que al menos una vez al año se realice un test sobre su posible pérdida de valor, y en el momento en el que no tenga valor deberá darse de baja contablemente.

El organismo que elabora las normas internacionales tiene el objetivo de unificar el lenguaje contable en todo el mundo, pero de momento Estados Unidos mantendrá sus propios criterios.

En la Unión Europea es obligatorio aplicar esta norma de acuerdo con el  reglamento aprobado por el Consejo y el Parlamento Europeo, que estableció la obligatoriedad de que los grupos consolidados cuyas acciones coticen en un mercado de capitales de un Estado miembro presenten sus estados financieros de acuerdo con la normativa contable internacional. El reglamento comunitario es de obligado cumplimiento. Cada Estado puede decidir, sin embargo, si extender esta obligación al resto de las compañías. En España será así en 2007.

 

Declaración de Sociedades 2002: Entidades parcialmente exentas

De acuerdo con la Ley 26/2003, de 17 de julio, “de transparencia” (BOE 18-07-03, los sujetos pasivos a que se refiere el Capítulo XV del Título VIII de dicha Ley estarán obligados a declarar la totalidad de sus rentas, exentas y no exentas.

No obstante, los citados sujetos pasivos no tendrán obligación de presentar declaración cuando cumplan los siguientes requisitos:

a) Que sus ingresos totales no superen 100.000 euros anuales.

b) Que los ingresos correspondientes a rentas no exentas sometidas a retención no superen 2.000 euros anuales.

c) Que todas las rentas no exentas que obtengan estén sometidas a retención.”

 

Direcciones de internet

www.economistas.org Página del Consejo General de Colegios de Economistas de España.

www.cideiber.com Página del Centro de Información y Documentación Empresarial sobre Iberoamérica.

www.ceaje.es Página de la Confederación de Jóvenes Empresarios.

www.efe.es Página de la Agencia Efe. La Sección de Economía de Efe proporciona la última hora en tres frentes: noticias más importantes, actualidad del Ibex 35 y agenda del día de Economía.

www.mundiprensa.com. Tienda on line donde se puede comprar una gran selección de revistas y libros de empresa.

www.exportadorlatino.com Ofrece información para las Pymes que quieren exportar a Latinoamérica.

www.100cia.com/titulares.php Resumen de los titulares referentes a la ciencia, que se publican en los periódicos en papel y también en los sitios de internet.

www.buscabiografias.com  Este buscador ofrece más de 700 biografías de personajes célebres que se pueden consultar gratuitamente.