BOLETÍN / 2000 - PRIMER TRIMESTRE / ACTUALIDAD PRENSA
 

Hacienda endurece la Ley del Contribuyente y se blinda para inspeccionar más allá de un año.

El futuro reglamento de la ley del contribuyente dejará la puerta abierta a Hacienda para rebasar el tope de un año fijado de forma general en la ley para las inspecciones fiscales. Entre los motivos para ampliar el periodo de inspección figurarán las irregularidades contables y la excesiva “complejidad” de los datos. El Gobierno quiere aprobar el texto en esta legislatura.

La UE define la sede de las empresas de comercio electrónico para evitar la fuga a paraisos fiscales.

Bruselas ha fijado como lugar de establecimiento de las empresas que operan en internet el país donde desarrollan su actividad económica y tiene su sede social. El proyecto de directiva sobre comercio electrónico incorpora esta medida para evitar que las compañías se refugien en paraísos fiscales.

Justicia comienza la adaptación de los juzgados a la Ley de Enjuiciamiento Civil.

La nueva Ley de Enjuiciamiento Civil obliga a los juzgados a acometer una serie de reformas para que funcione plenamente cuando entre en vigor el 8 de enero del próximo año. Una de las novedades de la Ley es que aumenta la fase oral del proceso, que requerirá no sólo cambios materiales sino también en las costumbres de los profesionales.Se proyecta instalar sistemas audiovisuales de grabación en los juzgados para registrar las vistas orales.

Los vendedores en internet estarán sometidos a la jurisdicción española.

Los oferentes de servicios y vendedores de productos por internet estarán sometidos a la jurisdicción española, según el borrador de comercio electrónico, que Fomento presentará en los próximos días. El borrador no contemplará la fiscalidad, que será establecida a nivel comunitario por una directiva.

Líneas del borrador:

Objetivos: 1.Ofrecer una protección a los consumidores españoles en transacciones a travésde Internet. 2.Promover el comercio electrónico en nuestro país. 3. Apoyar el uso de Internet en las pymes .

Régimen de responsabilidad: Establece el régimen de responsabilidad derivado de las transacciones a través de Internet. El oferente de servicios será responsable por el incumplimiento de las obligaciones contractuales y será sometido a la jurisdicción española, independientemente de su nacionalidad. Aclara la regulación de los dominios en Internet.

Fiscalidad: No regula la fiscalidad del comercio online y lo somete al mismo régimen que la venta a distancia. Deberá tenerse en cuenta lo que se establezca a nivel comunitario por una directiva que se está preparando sobre fiscalidad de comercio electrónico.

Hacienda devolverá 89 millones de pesetas a 2,7 millones de no declarantes del IRPF.

Pueden pedir la devolución rápida sin declarar: Trabajadores y pensionistas cuyos ingresos brutos no superen los 3,5 millones de pesetas (si se declara de forma conjunta el límite de 3,5 millones se aplicará a la suma de los ingresos de todos los miembros). Si el contribuyente percibe ingresos de más de un pagador el límite es de 1.250.000 pesetas.

No se puede pedir devolución rápida y hay que declarar: Cuando se deduce por adquisición de vivienda, por planes de pensiones, si se obtienen rentas de capital o plusvalías superiores a 250.000 pesetas o que no haya tenido retención.

Datos que hay que facilitar: Datos personales y familiares, asignación tributaria (iglesia u otros fines), cuenta corriente donde ingresar la devolución, elección de tributación (conjunta o individual) o que Hacienda calcule la más favorable.

Trabajo excluye de cotización los seguros médicos, las acciones y los vales de comida.

La Seguridad Social ha excluido de la base de cotización de los asalariados a partir del 1 de enero los pagos en especie destinados a costear seguros médicos hasta un máximo anual de 200.000 pesetas, las ayudas de comida y la entrega de acciones o participaciones de la empresa por valor máximo de 500.000 pesetas.

Justicia edita una guía para informar a consumidores y empresas sobre la Ley de venta a plazos de bienes muebles.

La guía de Justicia recuerda que la Ley otorga al consumidor el derecho a recibir “una adecuada información” que comprende aspectos como el lugar y fecha del contrato, el precio de venta al contado, el desembolso inicial cuando exista, el número y periodicidad de los plazos, tipo de interés inicial y el TAE, entre otros. Además el consumidor dispone de un plazo de 7 días a partir de la fecha de recepción del bien para rescindir el contrato y del derecho a que, en caso de impago de alguna cuota, los jueces puedan señalar nuevos plazos y evitar así la resolución de la operación por parte del vendedor con la consiguiente penalización económica.

En cuanto a la posición del empresario, la guía recuerda que, además del derecho a rescindir el contrato por impago de algún plazo, la ley le atribuye un conjunto de acciones judiciales dirigidas a defender ante los tribunales sus derechos. Según el ministerio, desde la entrada en vigor del texto y gracias a estas nuevas acciones, la duración media de los procesos civiles en este tipo de reclamaciones ha pasado de tres años a tres meses en primera instancia.

Las operaciones de arrendamiento financiero no están sometidas a la ley“ por tener una naturaleza distinta a la venta a plazos”, aunque si a la normativa sobre crédito al consumo.